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En 2025 se presentaron 405 amparos contra la OSER: el STJ rechazó 121 y avaló 286

El dato surge de estadísticas judiciales del año pasado. La cifra fue mencionada en el debate público luego de las declaraciones del gobernador Rogelio Frigerio durante la apertura de sesiones legislativas 2026.

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Durante 2025 se registraron 405 acciones de amparo contra la Obra Social de Entre Ríos (OSER), de las cuales el Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJ) avaló 286 y rechazó 121. Los datos corresponden a las causas que llegaron al máximo tribunal provincial por apelación, en el marco de un total de 865 amparos tramitados durante ese año.

El tema volvió a tomar relevancia pública luego de las declaraciones del gobernador Rogelio Frigerio durante la apertura de las sesiones legislativas 2026. En su discurso, el mandatario cuestionó el uso frecuente de este tipo de herramientas judiciales.

“El amparo puede ser una herramienta excepcional para accionar judicialmente cuando se está vulnerando un derecho, pero cuando se convierte en atajo sistemático y los fallos no analizan con rigor el sustento del reclamo, se termina perjudicando a miles”, expresó.

Según indicaron fuentes judiciales, los expedientes que llegan al STJ corresponden a casos apelados en primera instancia, y una parte importante de esas apelaciones son impulsadas por la propia obra social o por los abogados de las partes.


De acuerdo a las estadísticas, el número de acciones contra la OSER representa un porcentaje significativo dentro del total de amparos tramitados en el ámbito provincial. En comparación, son considerablemente menores las presentaciones judiciales contra otras obras sociales o empresas de medicina prepaga.

En paralelo, se observa un fenómeno de reincidencia en algunos casos, donde afiliados deben recurrir a más de un amparo para obtener el cumplimiento de determinadas prestaciones médicas.


Otro de los puntos que forma parte del debate está relacionado con los honorarios profesionales que deben abonarse en los procesos judiciales. La normativa vigente establece que el pago mínimo para los abogados patrocinantes es de 20 “juristas”, unidad que se calcula en base al 1,5% de la suma de la asignación básica y compensación jerárquica de un juez de primera instancia.

Actualmente, cada jurista tiene un valor aproximado de 77.219 pesos, lo que implica que en un proceso de amparo el monto mínimo por honorarios supera el millón y medio de pesos.

Cuando los fallos son apelados, la normativa también contempla honorarios adicionales que pueden representar entre el 50% y el 60% de los establecidos en primera instancia.


En distintos expedientes judiciales se han registrado situaciones en las que afiliados acudieron reiteradamente a la Justicia por el mismo tratamiento o prestación médica.

Uno de los ejemplos citados en resoluciones judiciales corresponde a un caso analizado por el juez Gervasio Labriola, quien señaló que una afiliada debió presentar tres amparos en un período de dos meses para lograr el suministro de una medicación indicada.

Según se indicó en esa resolución, la reiteración de este tipo de procesos incrementa los costos judiciales que debe afrontar la obra social.


Entre los reclamos más frecuentes aparecen prestaciones relacionadas con tratamientos de discapacidad, enfermedades oncológicas y diabetes, que requieren continuidad en el tiempo.

En algunos expedientes, afiliados debieron recurrir reiteradamente a la vía judicial para obtener cobertura de medicamentos, insumos o equipamiento médico específico.

Mientras continúa el debate sobre el impacto económico de los amparos y la necesidad de garantizar las prestaciones de salud, las estadísticas judiciales muestran que los litigios vinculados a la obra social provincial representan una parte significativa de las causas tramitadas en el sistema judicial entrerriano. (Analisis)


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