La Justicia Federal de Concepción del Uruguay dictó un fallo considerado histórico en materia de delitos informáticos y estafas bancarias digitales. En una sentencia de primera instancia, el Juzgado Federal en lo Civil responsabilizó al Banco Nación por una maniobra de phishing que derivó en el robo de una suma millonaria a una empresa comercial de la ciudad, en un hecho que guarda similitudes con el ataque sufrido por la Municipalidad local en abril de 2023.
La resolución fue firmada por la jueza María Isabel Caccioppoli, quien hizo lugar parcialmente a la demanda iniciada por la firma damnificada, que había denunciado la sustracción de 18 millones de pesos de su cuenta bancaria mediante transferencias electrónicas no autorizadas.
Según se desprende del fallo, quedó acreditado que la empresa fue víctima de un ataque informático y que la operatoria fraudulenta pudo concretarse debido a deficiencias en los sistemas de seguridad del banco. La magistrada puso especial énfasis en dos transferencias de alto monto —una por 3 millones de pesos y otra por 15 millones— realizadas a billeteras virtuales, sin que la entidad bancaria activara alertas, controles o verificaciones previas, pese a lo inusual de las operaciones.
La empresa afectada fue representada por el abogado Ángel Cabral, quien sostuvo que la falta de reacción del banco frente a movimientos atípicos evidenció fallas en los protocolos de seguridad vigentes al momento del hecho.
La investigación penal
En paralelo al proceso civil, el hecho dio origen a una causa penal que quedó a cargo de la fiscal María José Labalta. En el marco de la investigación, se logró imputar a dos personas: un hombre brasileño de 36 años y una mujer venezolana de 29, ambos con domicilio en la Ciudad de Buenos Aires.
La pesquisa determinó que la maniobra se concretó mediante la introducción de un virus troyano que permitió a los estafadores acceder y operar la cuenta bancaria de la empresa. Al igual que en el caso del ataque al municipio, los imputados habrían aportado sus datos personales y biométricos, facilitando así la recepción de los fondos: 3 millones en el caso del hombre y 15 millones en el de la mujer.
Ambos declararon en marzo de 2024 y posteriormente fueron procesados. La defensa estuvo a cargo del doctor Sebastián Arrechea, con intervención del Juzgado de Garantías conducido por el doctor Gustavo Díaz.
En el avance de la causa, al imputado de nacionalidad brasileña se le otorgó el beneficio de la probation (suspensión del juicio a prueba), tras reintegrar la suma de 3 millones de pesos. En cuanto a la mujer venezolana, su situación procesal aún no fue definida: podría acceder al mismo beneficio si se alcanza un acuerdo de devolución del dinero o, en caso contrario, enfrentar un juicio oral.
Respecto de los autores intelectuales de la estafa, la investigación reconoce las dificultades habituales en este tipo de delitos: una vez que el dinero ingresa al circuito de transferencias virtuales, el rastro se diluye y la identificación de los responsables finales resulta prácticamente imposible.
El reclamo civil y lo que viene
En el plano civil, el Juzgado Federal ordenó la restitución de las sumas sustraídas y el reconocimiento de ciertos gastos derivados del hecho. No obstante, rechazó el reclamo por daño punitivo, al considerar que no se acreditó la existencia de dolo ni de culpa grave por parte de la entidad bancaria.
La sentencia aún no se encuentra firme. Fue apelada y actualmente está bajo análisis de la Cámara Federal de Paraná, con intervención de la jueza Beatriz Aranguren, que deberá decidir si confirma o modifica lo resuelto en primera instancia.
El pronunciamiento de la jueza Caccioppoli se inscribe entre los primeros fallos federales que atribuyen responsabilidad a una entidad bancaria por una estafa informática sufrida por una empresa, sentando un precedente relevante en un contexto de creciente litigiosidad vinculada a delitos digitales y seguridad financiera.


