Dictan prisión preventiva por 120 días a Pablo Laurta

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La jueza de Garantías de Concordia, Gabriela Seró, resolvió hoy dictar la prisión preventiva efectiva a Pablo Daniel Rodríguez Laurta, por el término de ciento veinte (120) días, quedando detenido a disposición del Juzgado de Garantías Nº 4, permaneciendo alojado, a petición de la Defensa Técnica en Unidades Penales cercanas a la jurisdicción Concordia y/o Costa del Uruguay comisionando a la Oficina General de Audiencias (OGA) el diligenciamiento del cupo y eventual traslado del imputado. Fue durante la audiencia de garantías celebrada esta mañana.

También autorizó la extracción de muestras de sangre, elementos pilosos y uñas del imputado solicitada por la fiscalía sin oposición de la defensa. El trámite será realizado hoy en la Dirección Criminalística de Concordia con la participación del médico forense de tribunales, debiendo asegurarse la cadena de custodia pertinente y la preservación de las muestras a los fines de
cotejar el A.D.N..

Atento a la resolución del Juez de Garantías y Transición N°2 Dr.
Ignacio B. Telenta, en relación a haber autorizado la extradición el encartado desde Gualeguaychú Entre Ríos hacia la ciudad de Córdoba, a solicitud de Juzgado de Control en Violencia de Género y Familiar n° 2, de la Primera Circunscripción Judicial, de esa ciudad, en orden a la imputación que pesa sobre el mismo por el delito de “ Homicidio Calificado por el Vínculo Y Por Violencia de Género Y Homicidio Simple
Agravado por El 41 Bis en Concurso Ideal (víctima ex pareja) y homicidio
simple agravado por uso de armas (víctima ex suegra) (arts. 45, 80 inc.1 y 11, 79, 41 bis, 45 y 55 del CP), una vez practicadas las medidas en el punto II de la presente, se dispuso que en el día de mañana, Laurta sea trasladado a
Gualeguaychú a esos efectos.

La magistrada, también declaró la jurisdicción conjunta a los efectos de que la
Fiscalía y la Defensa, en coordinación con los Juzgados de Garantías de Córdoba y el Juzgado de Garantías a su cargo, interesen los traslados del imputado, cada vez que sea requerido a los efectos de participar en los actos procesales necesarios en ambas investigaciones.

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