El Gobierno nacional oficializó la eliminación del régimen de compensaciones económicas que el Estado abonaba a las empresas de transporte de larga distancia por los pasajes gratuitos destinados a personas con discapacidad y otros grupos contemplados por la ley.
La decisión fue publicada este martes en el Boletín Oficial mediante la Resolución 28/2026 de la Secretaría de Transporte.
La normativa deja sin efecto el sistema mediante el cual las compañías recibían reintegros parciales por los boletos sin cargo otorgados a personas con discapacidad, pacientes oncológicos, personas trasplantadas o en lista de espera, entre otros beneficiarios.
No obstante, el Gobierno aclaró que el derecho a viajar gratuitamente continúa vigente y que las empresas deberán seguir garantizando esos pasajes.
“La medida no afecta el contenido esencial del derecho a la gratuidad”, sostiene la resolución oficial.
A partir de esta modificación, las firmas de transporte dejarán de percibir compensaciones económicas por parte del Estado, aunque continuarán obligadas a cumplir con la emisión de boletos gratuitos.
Desde el Ejecutivo argumentaron que el régimen anterior había sido creado en un contexto de fuerte regulación estatal sobre tarifas y recorridos, situación que —según indican— cambió tras la entrada en vigencia del Decreto 883/2024.
La resolución recuerda además que actualmente las empresas pueden “determinar libremente recorridos, horarios, precios, modalidades y duración de los servicios”.
En ese marco, el Gobierno consideró que “la causa estructural” que justificaba el sistema de compensaciones “ha sido superada”, por lo que entendió innecesaria su continuidad.
Asimismo, se dispuso que la Comisión Nacional de Regulación del Transporte (CNRT) continúe controlando el cumplimiento de la entrega de pasajes gratuitos por parte de las empresas de transporte.
