jueves, julio 3, 2025
4.4 C
Concepción del Uruguay
Uruguayenses.comJusticiaLa Justicia respaldó...

La Justicia respaldó el derecho de una mujer de 78 años a casarse pese a la oposición de sus hijos

El Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos ratificó la validez del matrimonio entre una mujer de 78 años y un hombre de 64, tras un fallo que reivindica la autonomía, la vejez digna y los derechos personalísimos.

spot_imgspot_img
Compartir en:

Entre el amor y los prejuicios: la historia de N. y E.

En diciembre de 2023, N., una mujer de 78 años, decidió dar un paso importante en su vida: casarse con E., de 64. El trámite se realizó con normalidad en un registro civil de Entre Ríos, pero pronto se transformó en una batalla judicial. Los hijos de N. se opusieron a la unión, alegando que su madre no estaba en condiciones mentales para comprender el acto matrimonial. Sin embargo, no presentaron pruebas que respaldaran su denuncia.

Este conflicto familiar derivó en una pulseada legal que llegó hasta la Sala Civil y Comercial del Superior Tribunal de Justicia de Entre Ríos (STJER). Esta semana, el tribunal confirmó el fallo de primera instancia que validaba el casamiento, y con ello sentó un precedente relevante en cuanto a derechos, autonomía y dignidad en la vejez.

Un fallo que va más allá del caso

La vocal Gisela Schumacher, en su voto, remarcó que no existían elementos que cuestionaran la capacidad legal de N., y que la oposición se basó más en prejuicios y tensiones familiares que en argumentos jurídicos sólidos. La jueza fue contundente: “Estamos frente a un acto de matrimonio válido, entre personas que no tienen restringida su capacidad”.

Schumacher subrayó que N. no solo está en pleno ejercicio de sus derechos, sino que administra sus bienes y tiene un claro proyecto de vida. “Se siente acompañada, querida y feliz. Se casó porque así lo deseó”, señaló. Además, criticó la actitud de los hijos, a quienes acusó de interferir en un derecho personalísimo con argumentos “arcaicos y patriarcales”.

Género, vejez y autonomía

En su argumentación, la magistrada introdujo una perspectiva poco común pero necesaria: el enfoque interseccional entre género y vejez. Destacó que N. representa a muchas mujeres mayores que aún deben luchar para que se reconozca su autonomía y su capacidad de decisión, incluso en aspectos íntimos como el amor, la compañía o el matrimonio.

“El paso del tiempo no anula los derechos. N. es dueña de su vida, de su cuerpo, de sus emociones, y también de sus bienes. Nadie puede decidir por ella si no existe una causa legal y probada que lo justifique”, agregó el vocal Daniel Portela, quien adhirió a la postura de Schumacher y reforzó el fallo con un claro mensaje: no se puede empezar por la prohibición cuando no hay ningún impedimento legal.

Un caso, muchas preguntas

El fallo también deja planteadas discusiones más amplias. ¿Hasta qué punto los estereotipos sobre la vejez condicionan las decisiones familiares y judiciales? ¿Por qué persiste la idea de que una mujer mayor necesita permiso o supervisión para elegir con quién compartir sus últimos años?

El matrimonio de N. y E. fue convalidado legalmente, pero también implica una reparación simbólica. Reafirma que la edad no anula los derechos, ni transforma a una persona en objeto de tutela. La vida, en todas sus etapas, sigue siendo propia.

Conclusión:

Lo que parecía un simple trámite de casamiento se convirtió en una causa judicial que obligó a los tribunales a posicionarse frente a temas profundos como la libertad, la autonomía personal, los prejuicios sobre la vejez y el rol que las mujeres mayores tienen (o no tienen) en una sociedad que todavía las subestima. Esta vez, la Justicia eligió escuchar a N. Y decirle, sin rodeos, que su voz vale.

Caja de comentarios de Facebook

Compartir en:
spot_imgspot_img
spot_imgspot_img
spot_imgspot_img
spot_imgspot_img
spot_imgspot_img
spot_imgspot_img
spot_imgspot_img
spot_imgspot_img
spot_imgspot_img