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Peligra la doctrina Bullrich: Abogados de Derechos Humanos preparan un amparo contra el protocolo antipiquetes

La primera medida de Patricia Bullrich para garantizar el orden en las calles ya es objeto de polémica: ¿Es legal la resolución? El debate de los constitucionalistas.

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El protocolo antipiquetes de Patricia Bullrich no solo despertó reacciones entre los dirigentes políticos y sociales, también se sumaron los juristas que salieron a opinar sobre la legalidad de la medida. Para algunos se trata de una mera guía de procedimiento destinada a las fuerzas de seguridad, en tanto otros lo cuestionan porque atentaría contra el derecho constitucional de protesta. Abogados de Derechos Humanos preparan un recurso de amparo para evitar que el nuevo manual de acción se ponga en práctica.

Esta polémica comenzó cuando el Ministerio de Seguridad lanzó el denominado «Protocolo para el mantenimiento del orden público», como parte del shock de medidas del flamante gobierno de Javier Milei. Incluye una serie de pasos que deben seguir las fuerzas federales para intervenir en los cortes de tránsito parciales o totales.

Patricia Bullrich descartó que su resolución afecte la protesta social porque “nadie impide que puedan tener su marcha, lo que no van a poder hacer es cortar la calle”. No obstante, todavía está por verse qué podría suceder si alguno de los procedimientos se judicializa.

Uno de los primeros abogados constitucionalistas en hacer una advertencia fue Andrés Gil Domínguez, al señalar que “el único órgano habilitado por la Constitución para debatir los límites a la protesta pacífica es el Congreso, no una ministra”.

En un sentido parecido, el Doctor en Derecho, Pablo Manili, remarcó que el código de procedimiento que utilicen las fuerzas de seguridad siempre debe ser aprobado previamente por el Poder Legislativo.

Por su parte, el abogado y profesor de la UBA, Christian Cao, recordó que “el derecho a la protesta es fundamental en toda sociedad democrática y debe ser armonizado con el resto de los derechos”. Sostuvo que la resolución de Bullrich prohíbe el uso de armas letales y apunta a “despejar los accesos y las vías de comunicación o de transporte con el empleo de la mínima fuerza necesaria y suficiente, con especial atención a particularidades de los protestantes y -lo más importante- graduada en proporción a la resistencia opuesta”.

El Doctor Gustavo Ferreyra, sostuvo que “las regulaciones de todos los derechos fundamentales deben hacerse por Ley del Congreso, mientras que una ministra carece de competencia para reglamentarlos”.

Además, explicó que “la resolución de Bullrich viola los siguientes principios constitucionales: el derecho fundamental de libertad a protestar y criticar; la separación de poderes; las atribuciones del Congreso; las potestades del Presidente; las competencias de las provincias y de la Ciudad de Buenos Aires y la estructura democrática del Estado”.

El abogado Gregorio Dalbón le dijo a A24.com que “la gente no corta con intención de que no circulen los autos, sino para reclamar sus derechos”. Fue directo contra la ministra de seguridad: ”El Protocolo de Bullrich es tan ilegal como cuando ella armaba o tiraba bombas molotov. No entienden que sin dolo no hay delito. No es muy difícil. La capacidad intelectual de la ministra es muy limitada. Si una argentina o un argentino resulta herido o muerto, deberá afrontar la responsabilidad que la justicia le otorgue. Como último pensamiento entiendo que las formas de diálogo no son amenazando ni reprimiendo”. Recordemos que Dalbón es el abogado que representó a la familia de Lucas González en el juicio contra la Policía de la Ciudad por violencia institucional.

A todo esto, el constitucionalista Feliz Lonigro señaló que “en Suiza probablemente no sería necesario anticipar el protocolo, pero en Argentina “después de 20 años de populismo galopante y con gente que cuestiona todas las normas, se vuelve una obviedad indispensable que la ministra diga se acabó, y anuncie las nuevas reglas de protesta”.

Según precisó el protocolo no dice nada nuevo, porque el artículo 194 del Código Penal habilita a la policía a desalojar la calle sin pedir permiso a un juez. Además los magistrados pueden usar la ley como herramienta para ordenar la protesta.

El artículo 194 del CP dice: «El que, sin crear una situación de peligro común, impidiere, estorbare o entorpeciere el normal funcionamiento de los transportes por tierra, agua o aire o los servicios públicos de comunicación, de provisión de agua, de electricidad o de sustancias energéticas, será reprimido con prisión de 3 meses a 2 años”.

¿Qué futuro tiene este el Protocolo en la Justicia?

El constitucionalista Eduardo Barcesat anticipó que las entidades defensoras de Derechos Humanos van a reclamar judicialmente para proteger toda forma de protesta, por eso están trabajando en la solicitud de una medida cautelar, pues entienden que el protocolo “es violatorio del texto constitucional y de los tratados de Derechos Humanos, que amparan el derecho de peticionar y de resistir la violencia institucional».

Al consultar al profesor de Derecho Constitucionalista, Gustavo Ferreyra, destacó que “dentro de la Constitución todo, fuera de ella la anarquía”, y agregó que el nuevo protocolo puede y debe ser objetado judicialmente. Con certeza, dada su manifiesta viciosidad, será anulado por los jueces en los procesos en que se demandase su invalidez jurídica.”

En tanto, Felix Lonigro rechazó la intención de Barcesat, porque dijo que pone su ideología por delante del Derecho. Al mismo tiempo, opinó que cualquier demanda contra el protocolo difícilmente prosperará en Tribunales.

Lonigro agregó que la policía debe utilizar un método profesional para disolver los piquetes, sin violar derechos humanos, y que si hasta ahora no sucedió es porque no existió la decisión política para ponerlo en práctica. (A24)

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