La Sala Penal del Superior Tribunal de Justicia resolvió declarar inadmisible el recurso extraordinario presentado por los abogados defensores de Juan Enrique Ruiz Orrico, imputado por homicidio culposo.
El tribunal, integrado por los vocales Daniel Carubia, Miguel Giorgio y Claudia Mizawak, concluyó que la defensa no logró demostrar la existencia de un agravio constitucional que justificara la intervención de esa instancia.
En su resolución, los magistrados sostuvieron que los argumentos de la defensa “no son más que una reiteración de planteos ya expuestos y que han encontrado adecuada respuesta por parte de la Cámara de Casación”. Agregaron además que la reedición de tales postulados no resulta audible en esta etapa y solo evidencia “una mera disconformidad con el pronunciamiento atacado”.
La Sala Penal también respaldó las decisiones adoptadas por las instancias inferiores, al considerar que la acusación de la querella fue válida y cumplía con los requisitos previstos por el código procesal penal. Asimismo, destacaron que la defensa pudo ejercer sus derechos plenamente durante todo el proceso, sin que se advierta vulneración alguna.
El fallo remarcó que la querella había manifestado expresamente su voluntad acusatoria, adhiriendo a la acusación formulada por la fiscalía y solicitando la remisión de la causa a juicio.
Entre sus argumentos, la Sala concluyó que no existió afectación constitucional alguna, subrayando que “no se observó violación al debido proceso ni afectación al derecho de defensa del imputado”.
Finalmente, el tribunal advirtió que una eventual exclusión del querellante implicaría una lesión a derechos garantizados por la Convención Americana sobre Derechos Humanos, particularmente los contemplados en el artículo 25 de la CADH, referido al derecho de toda persona a la tutela judicial efectiva.
                                    









